Influencers
Si eres influencer, es decir, una persona con capacidad para influir sobre otras principalmente a través de las redes sociales, podrías tener obligaciones tributarias si es que realizas actividades lucrativas por medio de los entornos digitales.
Recuerda que, si las actividades de los influencers comprenden acciones publicitarias que generan ingresos en dinero o especie, para fines de la LIR, estarás sujeto a rentas de tercera categoría.
¿Por qué deben tributar las personas que son influencer?
Las actividades de los influencers comprenden actividades publicitarias cuyo desarrollo genera ingresos que constituyen rentas de tercera categoría, para fines del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, por servicios comerciales o de índole similar.
¿Qué actividades califican como renta de tercera categoría para influencers?
Califican como rentas de tercera categoría los ingresos que generan las personas naturales domiciliadas en el Perú por el desarrollo de actividades en su calidad de “influencers”, por las cuales obtienen pagos efectuados por:
1. Los anunciantes, ya sea en dinero o en especie, por mostrar y/o promocionar los bienes y/o servicios materia de auspicio en los canales, historias o contenido audiovisual que estos (los influencers) producen y difunden en sus redes sociales.
2. Las plataformas digitales en las que tales sujetos operan, por introducir publicidad en los videos o contenidos digitales que estos producen y difunden en dichas redes.
3. Sus seguidores en redes sociales, por obtener accesos de manera anticipada a ciertos contenidos o foros especializados en las citadas redes de los influencers.
4. Monetizar el canal o plataforma digital en la que los mencionados sujetos interactúan con sus seguidores, autorizando a dicha plataforma a colocar publicidad en sus contenidos, siendo que esta les exige a los influencers una cantidad mínima de suscripciones y/o visualizaciones del citado contenido, emitiéndoles un cheque por concepto de ganancias únicamente cuando la suma resulte mayor a un determinado monto.
Régimen Tributario por generar ingresos como influencer
Califican como rentas de tercera categoría los ingresos que generan las personas naturales domiciliadas en el Perú por el desarrollo de actividades en su calidad de "influencers", por las cuales obtienen pagos en dinero o especie.
En ese sentido, por realizar actividades de publicidad y según el INFORME N.º 44-2022-SUNAT/7T0000, deberán estar afectos al Régimen MYPE Tributario o al Régimen General de Renta y emitir comprobantes de pago electrónicos a partir del tercer mes siguiente a su inscripción en el RUC.
Otras obligaciones tributarias por generar ingresos como influencer
- Declarar y pagar los impuestos oportunamente.
- Llevar registros y libros contables, según tu nivel de ingresos.
- Solicitar comprobantes de pago (facturas) solo por las compras vinculadas al giro de tu negocio.
Beneficios por tributar como influencer
- Acceder a créditos financieros, ya que podrás demostrar el nivel de tus ingresos.
- Fortalecer y hacer crecer tu actividad de negocio, entre otros.
Situaciones de riesgo por desconocimiento de las normas tributarias
- Declaración y/o pago de impuestos fuera de plazo o no presentación de declaración.
- Tributar en un régimen inadecuado.
- Pagos indebidos o en exceso.
- No realizar sus obligaciones tributarias dentro de las formas, plazos y condiciones.
Todas estas situaciones podrían ocasionar que tengas sanciones y multas tributarias.